Utopía y Praxis Latinoamericana - Vol. 25 - Núm. 89

VILLA CASTAÑO El perdón estratégico… 204 La anterior tipología no es necesariamente escrita en términos de que los procesos de perdón no se puedan cruzar entre ellos. Empero más que determinar si estos tipos de perdón pueden cruzarse en países donde se ha dado la violencia extrema, lo que debemos preguntarnos es por qué este tipo de perdones se enmarca en el orden de lo estratégico. Así, el perdón amnésico está estrechamente relacionado con el olvido. Con cierta frecuencia se dice que el paso del tiempo es la medicina contra todos los dolores. Desde esta fórmula, tendríamos en cierto sentido que dejar que el tiempo haga su movimiento para que una herida sufrida o a un mal padecido se supere con el mero transitar de la vida. Si en efecto, estuviéramos de acuerdo con la anterior premisa estaríamos confundiendo el sufrimiento con el crimen cometido. Los crímenes no son solo causa de dolor, son ante todo un mal moral, un atentado que marca a la persona de manera permanente. Pero si en efecto el tiempo puede anular el daño, se convertiría en la caricatura de la gracia, ya que recibe gratuitamente la aceptación del criminal a pesar del mal que ha hecho. Sin embargo, el olvido no es perdón y la amnesia implica establecer distancia con la esfera ética. Así que, el verdugo no tiene una relación con la víctima, siendo ésta a quien le compete de modo directo la consideración en torno al perdón. Amnistía, en una de sus consideraciones, significa precisamente el olvido del pasado. Olvidar el hecho que se ha lesionado a un ser humano con el propósito de que el victimario se reinserte a la sociedad y con ello devolverle la paz a la comunidad. En este sentido, se entiende que: La amnistía es real, borra la criminalidad a que se refiera la norma legal concreta, es decir, el Estado renuncia circunstancialmente a su potestad penal, con el fin de atender requerimientos de interés público, en especial por motivación política, en búsqueda de ayudar a la concordia en comunidad. Aquí no solo se anula la acción penal, sino también la pena, y surte sus efectos sobre el pasado: no sobre el futuro; o sea, que es ley transitoria. No le quita al hecho punible su esencia jurídico-penal, sino que lo anula -en tiempo concreto- para luego la tipología que fue materia de la amnistía volver a adquirir su antiguo y pleno valor político- jurídico (Umaña: 1987, p. 96). Olvidar la criminalidad implica convertir un crimen que ha sido inexpiable en un acontecimiento de poca envergadura; es decir, en pos de la tranquilidad las víctimas tanto en primera como en segunda persona se convierten nuevamente en víctimas de la injusticia en tanto el crimen cometido queda en la impunidad. Ciertamente este tipo de perdón puede devolverle a la comunidad la tranquilidad, pero es claro que en pos de esa tranquilidad se sacrifican las individualidades y la propia comunidad se ve disminuida en sus posibilidades reales. Ahora bien, en Colombia un ejemplo de este tipo de perdón lo tenemos a la vista, cuando en el mandato del Presidente Belisario Betancur en 1982 el Congreso de la República declaró una amnistía general para delitos políticos y conexos; y en 1985 otorgó una autorización al Presidente para conceder el indulto a condenados por delitos políticos, con la posibilidad de extenderlo a los conexos. Estas disposiciones de ley de alguna manera estuvieron relacionadas con la amnistía concedida a los miembros del M19 por la toma del palacio de Justicia, donde los datos sobre la masacre aún permanecen en el misterio. Hay cifras que indican que en dicha toma hubo grupos de desaparecidos, cuerpos calcinados y, en consecuencia, víctimas no identificadas. La ley de amnistía y el retorno a la sociedad de los integrantes del M19 deja un gran vacío para las víctimas en segunda persona y para la sociedad, pues tal como lo evidencia la primera tipología sobre el perdón, se obvió todo el proceso de confesión de la verdad sobre los hechos. En efecto, la ausencia de verdad, unido al desconocimiento real del número de personas que perecieron en este holocausto, es una de las críticas que después de 30 años hace la sociedad a los exintegrantes del M19. Es cierto que algunos de los ex integrantes del M19 se reinsertaron a la sociedad civil y hoy se destaca su participación activa y propositiva en la vida política colombiana; sin embargo, hacer bien a la sociedad empieza por develar los hechos de un crimen que al fin y al cabo es imprescriptible. La estrategia de la amnistía puede funcionar en algunos contextos como elemento jurídico, pero sin lugar a duda con todo ello

RkJQdWJsaXNoZXIy MTA3MTQ=