Utopía y Praxis Latinoamericana - Vol. 25 - Núm. 89

URUEÑA SÁNCHEZ Estado y sociedad civil en el siglo XXI… 142 CONCLUSIONES En el presente artículo pudo verse cómo las teorías críticas abren el debate para entender la realidad opresiva que convoca el sistema internacional actual. Dicha realidad no solamente pasa por la corrupción del Estado y de sus representantes sino por la apropiación de categorías mediante las cuales es entendido el mundo y que son plasmadas por las teorías tradicionales. Por un lado, se vio cómo desde la perspectiva epistemológica estas teorías privilegian un único nivel de análisis (el mezzo o estatal), dejando de lado los ámbitos macro (sistémico) y micro (doméstico). Por el otro lado, las mismas teorías también circunscriben su observación de la realidad a unidades de análisis igualmente excluyentes (los Estados y sus élites políticas), desconociendo unidades societales, sociales e individuales. Las teorías críticas por su parte postulan diversificación y pluralismo para entender una realidad cada vez más compleja y cambiante. No menos importante es el componente ético-normativo de las teorías críticas. En contraste con las teorías tradicionales, éstas primeras son explícitas a la hora de prescribir mundos alternativos en los que los individuos pasen de sujetos dominados a sujetos emancipados. No obstante, pese a buscar un fin similar, el modo de conseguirlo dista del consenso entre las teorías críticas. La secuencia de revoluciones fracasadas en el siglo XX ha dificultado sustantivamente la teorización de un plan de acción integral para construir sobre planos auténticamente disímiles a los que se cuentan. Peligros como el relativismo, el utopismo e inclusive el nihilismo estarán presentes ente la ausencia de una praxis para la acción realizable. BIBLIOGRAFÍA ASHLEY, R. K. (1988). "Untying the Sovereign State: A double reading of the anarchy problematique", Millennium: Journal of International Studies, 17, pp. 227-262. AUGELLI, E., & MURPHY, C. N. (1993). "Gramsci and international relations: a general perspective with exemples from recent US policy toward the third world", en S. GILL, Gramsci, Historical Materialism and International Relations (pp. 127-147). Cambridge, Cambridge University Press. COX, R. (1987). "Social Forces, States and World Orders: Beyond International Relations Theory", Millenium: Journal of International Studies, 10:2, pp. 126-155. CUTLER, A. C. (2005). "Gramsci, Law and the Culture of Global Capitalism", Critical Review of International Social and Political Philosophy, 8:4 , pp. 527-542. EBERHARDT, P., & OLIVET, C. (2012). Cuando la injusticia es negocio, cómo las firmas de abogados, árbitros y financiadores alimentan el auge del arbitraje de inversiones. Bruselas/Amsterdam: Corporate Europe Observatory y Transnational Institute. HOBSON, J., LAWSON, G., & ROSENBERG, J. (2010). Historical Sociology. Dans R. A. Denemark, The international studies encyclopaedia (pp. 1-40). Londres, Wiley-Blackwell. KAHN, P. (2001). El análisis cultural del derecho, una reconstrucción de los estudios jurídicos. Barcelona, Gedisa. LINKLATER, A. (1990). "The Problem of Community in International Relations", Alternatives: Global, LOCAL, POLITICAL, 15:2, PP. 35-153. NEUFELD, M. (1993). "Interpretation and the 'Science' of International Relations". Review of International Studies, 19:1, pp. 39-61. ROSENBERG, J. (2010). "Basic problems in the theory of uneven and combined development. Part II: uneveness and political multiplicity", Cambridge Review of International Affairs, 23:1, pp. 165-189.

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