Utopía y Praxis Latinoamericana - Vol. 25 - Núm. 89

Utopía y Praxis Latinoamericana; ISSN 1316-5216; ISSN-e 2477-9555 Año 25, n° 89 (abril-junio), 2020, pp. 137-143 139 Antes de abordar estos dos puntos, es pertinente establecer que las teorías jurídicas, políticas e internacionales tradicionales 3 han brindado una forma muy rígida de entender la realidad del mundo en el que vivimos. Éstas parten de un presupuesto Estado-céntrico en el que alegorías como las del Leviatán o el Gran Hermano nos dan a pensar que sólo pocos actores son capaces de escapar de la omnipresencia de esta organización jurídico-política. Además, la idea del legado de la paz de Westfalia, de la que se deriva que el Estado es soberano y que no permite ningún poder que sea superior al suyo propio, refuerza este imaginario hasta construirlo como un régimen de verdad. Otra idea incuestionable de las teorías tradicionales referidas es la de la correlación entre la preservación de los Estados y la de los individuos que en él habitan. Es decir, que una vez garantizada la seguridad nacional, también estaría garantizada por extensión la seguridad humana. Esta seguridad humana va de la mano con el tema de los derechos humanos. Da la impresión entonces de que el Estado se debe antes que nada a su nación. No obstante, Eberhardt y Olivet ponen de presente una reversión de esta premisa al plantear que “las últimas dos décadas han sido testigo del sigiloso ascenso de un poderoso régimen internacional de inversiones en que se encuentran atrapados cientos de países y que pone los beneficios corporativos por encima de los derechos humanos” (2012, p. 7). Este artículo postula como contraparte a las teorías críticas como marcos analíticos más apropiados para entender de mejor manera la anomalía que postulan las autoras. Se entenderá como teorías críticas aquellas cuyo “propósito es llegar claramente al foco de la perspectiva que fundamenta la teorización y su relación con otras perspectivas (para lograr una perspectiva de perspectivas) y de ahí abrir la posibilidad de escoger una perspectiva válida diferente desde la cual la problemática se convierta en una que sirva para crear un mundo alternativo” (Cox: 1987, p. 129). En primer lugar, las teorías críticas hacen énfasis en que para las teorías tradicionales el Estado es una entidad reificada, presocial y ahistórica. Estas ideas dificultan el modo de entender al Estado y su papel actual. En primera instancia, estas teorías tradicionales naturalizan al Estado como un actor con una racionalidad que le es propia y que responde a un interés nacional egoísta fijado en términos de relación costo/beneficio (Hobson, Lawson & Rosenberg: 2010). Al entender al Estado de esta manera se están dejando de lado 1) las motivaciones y percepciones de sus élites políticas y 2) la influencia que pueden ejercer actores transnacionales no estatales en el proceso de toma de decisión y en la firma de tratados internacionales que no le sean beneficiosos al conjunto de la población nacional. Adicionalmente, al reificar al Estado se le está tratando como un quién , como un alguien que responde a las demandas sociales unitariamente. En segunda instancia, las teorías tradicionales retratan al Estado como una entidad presocial y ahistórica. Esto quiere decir que lo ven como algo creado espontáneamente en un no tiempo ni lugar , como una entidad dada y no como algo creado desde un proceso histórico y social. La implicación práctica de una idea tal se traduce en que se piense en el Estado como algo alejado de las relaciones de poder domésticas, algo parecido a un árbitro neutro cuyos intereses no se pueden identificar con los de sectores específicos de la sociedad. Ahí, teorías críticas como las sociologías históricas neomarxistas y neoweberianas nos brindan importantes luces para desmitificar al Estado. Éste surge para ambas teorías en la interacción (lucha de clases u oposición de intereses) entre grupos o clases sociales en la Europa de los albores de la modernidad o incluso después. 4 Además, que no solamente las formas de Estado surgen de factores domésticos, sino que también hay estructuras geopolíticas externas que los condicionan y delimitan su soberanía (Spruyt: 1998). 3 Se entenderá por teorías tradicionales de estas tres disciplinas las teorías mainstream que dan por presupuestada la existencia del Estado como prerrequisito de cualquier ordenamiento jurídico. En las ciencias jurídicas estas teorías son sobretodo el iusnaturalismo y el positivismo. En Ciencia Política, las teorías conductistas, normativas, institucionalistas y las de la elección racional. En las Relaciones Internacionales, sobre todo las teorías realistas y liberales. 4 Para el exponente de la sociología histórica neomarxista Justin Rosenberg le estructura estatal con sus formas de control social y coactivas no existirán antes de entrado el siglo XIX (2010).

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